miércoles, 6 de enero de 2010

Tres

“Además que un testigo implica a ver (sic) presenciado el hecho por el cual el acusado es acusado.”
(NR: estoy confundido Doctor)

2 comentarios:

Unknown dijo...

En defensa del acusado, diré: 1) La "h" española es muda; 2) En Argentina, el hablante medio no diferencia, en el lenguaje verbal, la "v" y la "b". Así, mi defendido escribe como habla, asumiendo una pauta de economía lingüística que es innovadora y que las próximas ediciones del Diccionario de la Real Academia Española, seguramente, incorporarán. También, la praxis del smslenguaje tiende a unificar las lenguas hablada y escrita y exigir que un estudiante tenga una competencia lingüística diferente según los destinatarios discursivos podría generar una patología psico-somática.
Las reglas lingüísticas pertenecen a la clase de normas "sociales" y de una regla de este tipo no puede, válidamente, inferirse una consecuencia jurídica; es decir, no está legalmente prohibido escribir de la manera que lo hizo mi representado (art. 19, Constitución Nacional) y de una conducta permitida no puede inferirse una consecuencia normativa (desaprobación del exámen y la imposibilidad de la obtención del título académico). Pido, que mi cliente no sea condenado por 'flojón' académico y que se le envíe a una clínica de rehabilitación lingüística, sin costas.

Rey Lennon dijo...

Gracias Sebastián, excelente comentario forense.